El Desafío Diplomático a la Retórica del Estado: IFI expone en el Consejo de Derechos Humanos las deficiencias del proceso de consulta sobre las tierras Mapuche en Chile y la contranarrativa que precedió a su suspensión

Dr Albert K. Barume, Relator Especial sobre los derechos de los Pueblos Indígenas y Lidia Arriagada Garcia, Presidenta y CEO de Images for Inclusion Inc. 25 de septiembre de 2025 . El Palacio de las Naciones, en Ginebra, Suiza.

Images for Inclusion Inc (IFI), en nuestros esfuerzos continuos por salvaguardar los derechos del Pueblo Mapuche en Chile, presentó una contranarrativa esencial en el evento paralelo del gobierno chileno. Esta oportuna maniobra diplomática precedió a la suspensión formal del defectuoso proceso de consulta apenas tres días después, garantizando que sus profundas complejidades y lagunas jurídicas fueran escuchadas en las más altas instancias de las Naciones Unidas.

El jueves 25 de septiembre de 2025, nuestra Presidenta y Directora Ejecutiva, Lidia Arriagada García, se reunió con éxito con el Dr. Albert K. Barume, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en el Palacio de las Naciones de Ginebra, Suiza. La reunión fue una importante intervención de última hora, que tuvo lugar en la Cafetería Concordia.

El camino a Ginebra: La mediación a tiempo de IFI

El encuentro en persona con el Dr. Barume en Ginebra, junto con uno de sus asistentes, se convirtió en una oportunidad esencial generada por una escalada necesaria de nuestros esfuerzos. Esta reunión no estaba en el plan inicial, pero se hizo fundamental dado que nuestros múltiples intentos formales de comunicar nuestras preocupaciones y análisis jurídicos detallados por correo electrónico no habían obtenido respuesta hasta ese momento. Esta circunstancia nos obligó a buscar un acercamiento más directo para entregarle personalmente la información crítica antes del evento diplomático programado por Chile, al cual el Relator Especial había sido invitado para proveer comentarios.

Nuestro objetivo era garantizar que hubiera una contra-voz que creara conciencia sobre las graves fallas en la Consulta Previa de Chile sobre un Nuevo Sistema de Tierras Mapuche antes de un evento paralelo del gobierno con fecha límite titulado "Recomendaciones de la Comisión Presidencial para la Paz y el Entendimiento en Chile: Avances y Desafíos en su Implementación", que estaba programado para el día siguiente, viernes 26 de septiembre de 2025, a las 14:00 horas, en Concordia I durante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

Por lo tanto, la conversación se centró en el análisis jurídico y el llamamiento urgente que IFI había presentado formalmente a las autoridades chilenas el mes anterior, en el que se argumenta que el proceso de Consulta Previa del gobierno chileno es ilegítimo, arbitrario y carece de buena fe. La Presidenta de IFI entregó al Relator Especial copias impresas de la Carta Abierta y de su Resumen Ejecutivo, y presentó argumentos sólidos de que el proceso del gobierno es fundamentalmente ilegítimo y debe ser revocado.

Contexto: Lo que está en juego en el evento paralelo del CDH organizado por Chile

El acto paralelo, organizado por Chile, tenía por objeto mostrar sus avances en el conflicto Mapuche y contó con el copatrocinio de diez Estados miembros, entre ellos Alemania, Australia, Canadá, España, Italia, México, Colombia, Noruega, Reino Unido y Suecia.

Folleto de Chile para el evento paralelo"; "Recomendaciones de la Comisión Presidencial para la Paz y el Entendimiento en Chile: Avances y Desafíos en su Implementación".

Estaba previsto que el Relator Especial, el Dr. Albert K. Barume, y la Subdirectora General de la OIT para Gobernanza, Derechos y Diálogo, la Sra. Manuela Tomei, proveer comentarios durante el acto. La intervención de IFI fue necesaria para proveer al Dr. Barume una contranarrativa crucial, evitando que la presentación del gobierno chileno ofreciera una imagen engañosa o incompleta de un proceso rechazado por cientos de comunidades indígenas lideradas por autoridades ancestrales Mapuche .

Este Evento Paralelo de Chile fue también un intento coordinado por parte de funcionarios del gobierno y de dos ex Comisionados de la CPPyE para obtener respaldo político y legitimidad internacional para su proceso. La intervención de IFI validó inmediatamente la necesidad de este escrutinio:

El Relator Especial valida los principios básicos de IFI: Error Histórico, Derecho a la Tierra y FPIC

IFI asistió a esta reunión paralela el viernes 26 de septiembre de 2025, en una sala de conferencias en la que no se permitían ni vídeos ni fotografías. Allí, el Relator Especial, el Dr. Barume, reconoció explícitamente los aspectos clave debatidos en nuestra reunión e hizo hincapié en los principios fundamentales que la Presidenta de IFI había destacado en su presentación en persona:

Principios Fundamentales de los Derechos Humanos: El Relator Especial declaró que, "A menos que un Estado pueda describir claramente lo que se hizo mal, no puede realmente cumplir con los derechos humanos". Este principio fundamental es el núcleo legal y moral de la demanda de IFI, ya que exige que Chile reconozca el "error histórico cometido" (punto 8.1). La Carta Abierta del IFI afirma que este "mal " es el incumplimiento por parte del Estado del Tratado de Tapihue de 1825, que reconocía a los Mapuche como una nación distinta. El Estado luego desmanteló unilateralmente este tratado a través de la violenta campaña militar conocida como la "Pacificación de la Araucanía" y con ello produjo el despojo de sus tierras y recursos.

Al exigir que Chile "describa claramente lo que salió mal", el Dr. Barume validó la posición IFI de que una solución legítima no puede construirse sobre una consulta administrativa; por lo que debe comenzar con el reconocimiento formal por parte del Estado de que el despojo original de las tierras y territorios Mapuche fue una violación del derecho internacional y del principio de Pacta Sunt Servanda (Los acuerdos deben cumplirse). Sin este paso, la consulta no es más que una herramienta para perpetuar la injusticia histórica.

Confirmación de presentación del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. 12 de septiembre de 2025.

La tierra no es una mercancía: El Relator Especial dijo, "la tierra para los Pueblos Indígenas NO es una mercancía", destacando que"va más allá" de una mercancía. Esta afirmación validó directamente los principales argumentos jurídicos y espirituales de IFI. La declaración del Dr. Barume refutó las medidas legislativas propuestas por Chile en el proceso consultivo, que promueven la "monetización de un derecho colectivo y espiritual" (Punto 8.5) ofreciendo una compensación financiera como sustituto de la restitución territorial. Es por ello que sostenemos que este enfoque es una forma de despojo encubierto, ya que el Estado chileno propone limitaciones arbitrarias como la norma de "10 hectáreas por familia" y ofrece una "reparación monetaria alternativa" —un bien transitorio— en lugar del vínculo inalienable y espiritual con el pasado y el futuro de la cultura Mapuche .

El Dr. Barume también declaró que se requiere un derecho más fuerte sobre la tierra para la representación política de los Pueblos Indígenas, apoyando aún más la posición de IFI de que el modelo de compensación propuesto por Chile viola el derecho de los Pueblos Indígenas a la autodeterminación.

Además, afirmó que los instrumentos de derechos humanos, como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, establecen que el derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado es un principio diseñado para "devolver el control sobre su destino" a los Pueblos Indígenas, por lo que es un derecho que "va más allá de la consulta".

Esta afirmación validó directamente la crítica central de IFI, ya que el proceso de Consulta del Estado chileno es una estrategia de evasión. La Carta Abierta denuncia que el Estado omite estratégicamente la UNDRIP (el estándar más alto de consentimiento) y utiliza términos vagos como "diálogo genuino" en lugar del término internacional vinculante "Consulta" para deliberadamente "evadir la obligación más alta y vinculante" (Punto 2.4). Esta falla administrativa tiene sus raíces en el Decreto Supremo Nº 66 de 2013 , que institucionaliza la negación de los derechos de los Pueblos Indígenas al permitir que el Estado declare "cumplida" la Consulta incluso sin llegar a un acuerdo u obtener el consentimiento (Punto 1.1).

OIT y Noruega: La comparación de las normas jurídicas pone de manifiesto la falta de representatividad y profundidad histórica de Chile

Manuela Tomei, Subdirectora General de Gobernanza, Derechos y Diálogo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), subrayó que el Convenio 169 de la OIT es fundamentalmente una"herramienta de derechos humanos y consolidación de la paz" diseñada para resolver este tipo de problemas estructurales y de larga data. Esta declaración reforzó la crítica de IFI de que el Gobierno chileno está explotando esta herramienta de paz al basarse en la defectuosa legislación nacional (Decreto Supremo nº 66) para imponer una"obligación de medios, no de resultados" (Punto 1.1).

Manuela Tomei utilizó la siguiente frase para subrayar la profundidad histórica del problema:"Éste no es un conflicto que empezó en los años sesenta". Al hacer esta afirmación, la Sra. Tomei contradijo la tendencia de algunos sectores chilenos a minimizar el conflicto a unas pocas décadas, afirmando que el problema no es sólo de política agraria o de desarrollo, sino que hunde sus raíces en el despojo ancestral (la violación del Tratado de Tapihue y la ocupación militar del territorio Mapuche en el siglo XIX).

Por otro lado, la perspectiva de Noruega fue un apoyo prudente y una norma crítica implícita , ya que enmarcó su apoyo a Chile dentro de su propia experiencia con el Pueblo Sami. Elogió a Chile por organizar el evento, calificó la iniciativa de la CPPyE de esfuerzo"ambicioso" y de"audaz intento" de solución política, y expresó su voluntad de"apoyar este proceso en todo lo que podamos".

Esto sucedió mientras que la Sra. Sheryl Lightfoot, ciudadana Anishinaabe de la Banda de Ojibwe del Lago Superior e inscrita en la Comunidad Indígena de la Bahía de Keweenaw, ex Presidenta del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (MEDPI) y actual Vicepresidenta —quien estaba sentada al lado de  la Presidenta IFI —miraba fijamente en contemplación informada, escuchando los evasivos comentarios de Noruega sobre el Pueblo Sami.

Sin embargo, al presentar su propio modelo, Noruega destacó inadvertidamente los defectos estructurales de Chile: al señalar que el Pueblo Sami está reconocido y protegido en su Constitución y por la Ley Sami a través de un órgano representativo y político (Sámediggi), la delegación noruega subrayó indirectamente la falta de un órgano representativo legítimo en el diseño de la consulta chilena (una crítica central de IFI ). Además, al admitir que Noruega ha tenido que abordar sus propios retos históricos (políticas de asimilación) a través de una Comisión de Verdad y Reconciliación, su intervención reforzó la postura del Dr. Barume sobre la necesidad de que Chile reconozca primero su"error histórico" antes de cualquier solución administrativa.

Exponiéndo la retórica de Chile y su elusión estructural 

La retórica del gobierno chileno para obtener el aval internacional en apoyo del proceso de consulta confirmó la necesidad de este escrutinio:

La Comisión chilena presentó sus propuestas como acciones para resolver un conflicto que calificaron de "conflicto intercultural y jurídico que ha dificultado la convivencia pacífica y el desarrollo integral en las regiones del sur del país". Además, trataron de desentenderse de la responsabilidad política calificándolo como un asunto "de Estado, No de Gobierno", lavándose las manos.

La demanda chilena de patrocinio: El llamamiento del gobierno chileno fue una petición de patrocinio político a largo plazo, transformando a la comunidad internacional en parte interesada en el proceso nacional. Los funcionarios, entre ellos Carlos Llancaqueo (Presidente de la Fundación Aitue), pidieron explícitamente a la comunidad internacional: "honrar este proceso, guiarlo, acompañarlo y monitorearlo". Esta fue una maniobra directa para:

  1. Asegurar el estatus de "Política de Estado": La petición pretendía hacer que el proceso de consulta fuera inmutable, trascendiendo el cambio de administración previsto (marzo de 2026).

  2. Neutralizar la oposición interna: La demanda de "monitoreo" internacional se posicionó como necesaria para asegurar la "continuidad", pero simultáneamente intentó legitimar externamente el proceso en contra de la voluntad de cientos de comunidades Mapuche , lideradas por autoridades ancestrales, que se opusieron vehementemente al cumplimiento del proceso de Consulta y sus medidas legislativas propuestas.

En resumen, Chile estaba pidiendo a los países europeos y latinoamericanos, al Relator Especial de la ONU y a la OIT que validaran y garantizaran la longevidad de un resultado que fue fundamentalmente rechazado por las personas a las que se supone que sirve el Consejo de Derechos Humanos.

La falsa pretensión de representación

La ex Comisionada de la CPPyE, Senadora Carmen Gloria Aravena, quien a principios de año había renunciado a su militancia en el ultraderechista Partido Republicano de Chile, además de reafirmar su postura de limitar la demanda de tierras del Pueblo Mapuche y el número de familias Mapuche que las reciben, señaló que habían escuchado"a los Consejos de Lonkos" para pretender que tuviera la representatividad del Pueblo Mapuche .

Aravena dijo, "Escuchamos las voces más distintas, y escuchamos a los Consejos de Lonkos, escuchamos a las comunidades, escuchamos a las instituciones, y por eso hoy las propuestas son tan diversas". El propósito de su declaración era respaldar la legitimidad y representatividad de las propuestas de la Comisión ante el foro internacional, sugiriendo que las autoridades ancestrales Mapuche (los Lonkos) habían formado parte del diálogo. La Carta Abierta de IFI (Puntos 5 y 6) se opone explícitamente a ello, señalando que la imposición arbitraria de participación por parte del Estado desconoce la falta de representación legítima y efectiva de las autoridades ancestrales Mapuche (Lonko, Machi y Werken ) en el diseño de la consulta y las medidas legislativas que propone, proceso que dejó fuera a cerca del 50% de la población Mapuche que habita en las 16 regiones en Chile, y que fue motivo del enérgico rechazo a la Comisión Presidencial (CPPyE), la Consulta Previa y las Medidas Legislativas Propuestas.

La otra ex Comisionada presente, Gloria Callupe Rain fue la única que entregó una visión histórica que daba cuenta del despojo territorial, la pobreza y la desconfianza, e indicó que si bien había Mapuche en la comisión, éstos "No eran representativos" del Pueblo Mapuche. Sin embargo, Callupe aludió al registro de víctimas de violencia, mencionando datos como los "9 mil hechos de violencia", dejando fuera a las víctimas Mapuche de violencia policial, entre ellas niñas, mujeres y ancianas Mapuche, de quienes no existen datos desagregados ni registros de agresiones policiales, lo que demuestra los sesgos políticos y la necesidad de cumplir con el llamado de este año del Foro Permanente para que Chile implemente la Recomendación General Nº 39 de la CEDAW.

Contranarrativa diplomática directa de IFI

Al final del Evento Paralelo de Chile, y a pesar de que a la presidenta de IFIse le negó la oportunidad de hablar, habiendo levantado la mano en señal de su interés en hacer una pregunta o comentario, ejecutó una acción diplomática directa distribuyendo personalmente copias del Resumen Ejecutivo y del Índice de la Carta Abierta — con códigos QR para acceder al documento completo— a los delegados de numerosas embajadas y países presentes, incluidos los de Italia, Alemania, Canadá, Noruega, Suecia, Australia, Perú, Guatemala, Panamá, México, y también a la representante de la OIT y la Misión Permanente de Chile ante la ONU en Ginebra, entre otros.

Esto tuvo las siguientes repercusiones:

a. Socavó directamente el "monólogo" chileno, transformando el Evento Paralelo de un monólogo de Estado en una presentación de política cuestionada con una perspectiva amplia y justa, y obligando a las embajadas (muchas de las cuales copatrocinaron el Evento Paralelo) a enfrentarse a los detallados argumentos jurídicos de IFI.

b. Entregando físicamente los documentos a los delegados de los países (incluyendo Noruega, Alemania, México, etc.), nos aseguramos de que esas cancillerías recibieran notificación oficial de la oposición del Pueblo Mapuche, presentando las fallas legales.

c. Se aseguró de que la crítica del Dr. Barume (por ejemplo, sobre FPIC y la tierra) resonara en las embajadas específicas responsables de financiar y apoyar el proceso de CPPyE.

d. Nuestra acción dio a las delegaciones internacionales la justificación legal y la obligación de cuestionar el proceso, transformando su papel de partidarios pasivos en actores informados.

Conclusiones y resultados

El Dr. Barume y la Sra. Tomei cuestionaron la legitimidad del proceso y sus fundamentos legalesFPIC, Decreto nº 66, daño histórico), impidiendo una visión unilateral que presentara el proceso como un modelo exitoso. El Side Event fue entonces, un ejemplo de las complejidades y errores a evitar en un proceso de derechos humanos.

Fracaso en la generación de diálogo

El Evento Paralelo no cumplió sus objetivos declarados en la Nota Conceptual. Se centró principalmente en la presentación de los logros y detalles administrativos de la CPPyE y no generó el diálogo anunciado sobre los "desafíos". La mayor parte del tiempo fue monopolizada por los ponentes chilenos, sin dejar espacio para las preguntas, que era donde se esperaban los debates más profundos.

Además, el Side Event omitió el hecho crucial de que hoy el territorio ancestral Mapuche está bajo militarización y estado de emergencia. Hubo intervenciones de Noruega y México, que claramente no tuvieron la oportunidad de escuchar la perspectiva del Pueblo Mapuche . Los detalles de la propia comisión fueron explicados extensa y unilateralmente, limitando el diálogo real.

Si bien el proyecto de ley de Reconocimiento Constitucional fue detallado, el camino hacia una solución genuina del conflicto requiere transparencia y honestidad, no retórica. Estamos de acuerdo con la afirmación de la Sra. Manuela Tomei que resonó:"La paz no se decreta, se construye", sin embargo, para la "convivencia pacífica" es esencial que esta paz se construya sin militarización. El Evento paralelo de Chile se presentó como un ejercicio de presión política para obtener apoyo internacional a un proceso que las normas de la OIT de la ONU consideran fundamentalmente defectuoso.

Suspensión que valida la preocupación IFI

Tres días después, el lunes 29 de septiembre de 2025, el gobierno chileno suspendió formalmente el Proceso de Consulta Indígena al dictar Resolución Exenta Nº 412. Esta resolución, promulgada pocos días después de nuestra intervención, se convirtió en una validación oficial y obligatoria de las preocupaciones planteadas en la Carta Abierta de IFI. Al ordenar la suspensión, el Estado chileno confirmó tácitamente que el proceso adolecía de vicios de forma, reconociendo que los plazos eran limitados, que la información era opaca y que existían objeciones de fondo a la forma en que se estaba abordando la reparación territorial. Este retroceso, obligado por la presión internacional y la resistencia del Pueblo Mapuche , demuestra que la acción coordinada logró imponer la necesidad de un proceso que respete los principios de buena fe y procedimiento adecuado establecidos por el Convenio 169 de la OIT y la UNDRIP. Si bien esta suspensión es una victoria, la solución de fondo radica en la revocación inmediata de la propia Resolución Exenta Nº 244.

Llamado final a los Estados copatrocinadores

Esperamos que la comunidad internacional adopte una postura de vigilancia crítica y de rechazo al "maquillaje político" del proceso chileno descrito en la Carta Abierta.

IFI hace un solemne llamado a los países copatrocinadores (entre ellos Alemania, Australia, Canadá, Noruega y España) y a las Misiones presentes en este Evento Paralelo para que condicionen su apoyo financiero y político a que el Estado de Chile cumpla con la exigencia de revocar la Resolución Exenta No. 244 y garantice un proceso de diálogo basado en el Consentimiento Libre, Previo e Informado, en estricto apego al derecho internacional.

También invitamos a todas las partes interesadas y a los Estados miembros copatrocinadores a leer atentamente nuestra Carta Abierta para comprender la necesidad de esta revocación y obtener una visión completa de las cuestiones jurídicas:

Carta abierta en inglés PDf

y en español PDF

 

A continuación figura una lista cronológica de las principales comunicaciones enviadas por IFI a la Relatoría Especial (hrc-sr-indigenous@un.org) y a otros organismos de la ONU:

  • 16 de mayo de 2025 - Observación inicial: IFI presentó una "Observación inicial sobre la Comisión para la Paz y el Entendimiento en Chile" tanto al Relator Especial como al Presidente del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU. Este documento, titulado "Un llamado a la reflexión", planteaba preocupaciones sobre el proceso y las acciones de un miembro del Foro Permanente en relación con el informe de la Comisión para la Paz y el Entendimiento (CPPyE). Recibimos acuse de recibo por parte de la Subdivisión de los Pueblos Indígenas y el Desarrollo, UNDESA, indicando que esto ha sido compartido con el Presidente del Foro el 23 de mayo de 2025.

  • 11 de agosto de 2025 - Llamamiento urgente formal y carta abierta: IFI envió la primera presentación exhaustiva a la oficina del Relator Especial. Esta incluía una Carta Ab ierta detallada solicitando la revocación de la Resolución Exenta nº 244 y un Llamamiento Urgente de Intervención. Para facilitar la acción en virtud del mandato del Relator Especial, el correo electrónico solicitaba que enviara una lista de preguntas específicas y detalladas al Gobierno de Chile sobre los fallos de la consulta.

  • 13 de agosto de 2025 - Llamamiento corregido y subrayando la urgencia: Una versión corregida del llamamiento, subrayando la extrema urgencia ya que la consulta estaba programada para comenzar ese mismo día.

  • 12 de septiembre de 2025 - Consentimiento final para la acción: Tras recibir el acuse de recibo oficial de la oficina del Relator Especial, IFI 12 de septiembre de 2025 IFI dio su consentimiento explícito y firmado, autorizando que nuestro nombre se divulgara en una carta que "podrá enviarse, según proceda, al Gobierno, o a otros, como organizaciones intergubernamentales, incluidas entidades de las Naciones Unidas, empresas, compañías militares o de seguridad". Además, se dio consentimiento para que nuestro nombre "aparezca en informes públicos presentados al Consejo de Derechos Humanos y se inserte en una base de datos pública". Con ello se cumplía el requisito de procedimiento necesario, autorizando oficialmente al Relator Especial a comenzar a trabajar en el caso.


Nota

Descargo de responsabilidad y mandato: Images for Inclusion Inc IFI) es una organización sin ánimo de lucro 501(c)(3) con estatus consultivo especial ante el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas - ECOSOC-. Este estatus faculta a nuestra organización para colaborar directamente con los mecanismos de la ONU, incluidos el Consejo de Derechos Humanos y los Procedimientos Especiales. La defensa documentada aquí demuestra el compromiso IFI de traducir las obligaciones legales internacionales (como FPIC) en acciones políticas demostrables, estableciendo así la credibilidad e influencia de nuestra organización como un actor legal indispensable dedicado a los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas.

Lidia Arrigada García

Lidia es una voz destacada en el ámbito de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas, y contribuye a IFI con artículos de referencia, rigurosos y altamente acreditados. Sus escritos se basan en un estudio exhaustivo y una verdadera implicación, fruto de extensas lecturas, trabajo y del diálogo directo con los Pueblos Indígenas sobre el terreno. Lidia aboga por los derechos humanos de los Pueblos Indígenas, especialmente de las mujeres y las niñas indígenas, desde su presencia directa en foros y mecanismos de las Naciones Unidas a nivel internacional. Como presidenta y directora ejecutiva de nuestra ONG, aporta una perspectiva única, tendiendo un puente eficaz entre los programas de base y el diálogo internacional sobre derechos humanos.

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